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4.6 Documentos
Institucionales y significativos de los Centros.
IMPORTANCIA
Y SENTIDO DE LA DOCUMENTACIÓN INSTITUCIONAL DEL CENTRO
La finalidad de
cualquier
documento que se elabore institucionalmente es dar
coherencia, facilitar la actividad de esa institución, señalar metas, marcar objetivos, determinar la organización
adecuada, indicar pautas de funcionamiento, establecer los
medios para la actuación, facilitar el conocimiento y la
colaboración de todos sus integrantes.
En el campo de
la educación no ha sido muy frecuente que los Centros
dispusieran de este tipo de documentación, eminentemente
institucional, de modo generalizado. Es en estos momentos
cuando cobra su importancia dicha documentación
institucional porque la normativa legal prevé un margen
importante de autonomía organizativa y curricular para los
Centros Docentes.
No obstante, a
pesar de lo evidente que resulta la necesidad de tener una
"declaración de principios" y un " proyecto de
funcionamiento " para cualquier institución, no es
infrecuente escuchar: Si son cosas que ya hacemos ¿ para qué
tenemos que escribirlas ?En este sentido, damos algunas
explicaciones:
* siempre es
positivo marcar directrices. De esta forma se aprovechan las
situaciones favorables y se evitan los elementos contrarios
para los fines pretendidos. Si no se plantea de este modo el
quehacer de un Centro docente se puede llegar a una
situación de indiferencia ética y pragmática que lleva a
caminar sin rumbo.
* el
funcionamiento de una institución no puede ni debe depender
exclusivamente de las personas que en un momento dado
trabajan en ella, y que suelen cambiar con cierta
frecuencia. El Centro debe garantizar cierto grado de
estabilidad en la línea pedagógica e ideológica al alumnado.
Para ello, la reflexión y los acuerdos deben plasmarse en
documentos escritos que avalen, ante el alumnado y las
familias, las intenciones y programas que mantiene la
institución.
* el plasmar
por escrito las ideas ayuda a su conceptualización precisa y
a su concreción en palabras que signifiquen lo mismo par
todos.
* la
planificación consciente evita las improvisaciones y el
azar.
ORGANIZACIÓN DEL CENTRO Y
DOCUMENTOS INSTITUCIONALES.
Habitualmente,
cuando se tratan cuestiones relativas a documentos que el
Centro debe poseer para su buen funcionamiento, se alude a
elementos fundamentalmente pedagógicos y didácticos , pero
en pocas ocasiones se hace referencia a la organización del
Centro; es decir, a los cambios organizativos que puede
estar requiriendo la elaboración, la existencia y la
aplicación de estos documentos.
La organización
( su estructura, su contenido y su práctica diaria ) deberá
estar en consonancia con las metas que se propone el Centro
y las vías que ha dispuesto para alcanzarlas. Muchas veces
resulta absolutamente contradictorio al planteamiento
organizativo que se propone con los objetivos educativos que
el Centro se fija: se pretende que el alumnado sea
participativo y la organización supone decisiones comúnmente
autoritarias, se intenta que los alumnos y alumnas sean
respetuosos con las ideas de todos y no se dan oportunidades
de manifestarlas...Son situaciones frecuentes en la
actualidad, porque el cambio de actitudes implica tiempo y
todavía no se han modificado éstas cuando ya han cambiado
los objetivos formales del currículo. La práctica del hacer
en el Centro no puede contradecir su teoría, ya que los
alumnos aprenderán la primera y olvidarán la segunda, y los
contenidos curriculares quedaran en una simple manifestación
de buenas intenciones sin mayor transcendencia educativa.
En segundo
lugar, la elaboración consensuada de determinados
documentos, así como su seguimiento y evaluación, precisan
de cambios organizativos en relación con situaciones
anteriores, que posibiliten realizar estas acciones. Por
ejemplo, el PCE ha supuesto la aparición de un nuevo órgano
de coordinación didáctica en el Centro: la Comisión de
Coordinación Pedagógica, integrada por el / la Director / ra,
el / la Jefe de Estudios y lo / las Jefes de Departamento o
Equipos de Ciclo.
Los centros
docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y
ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así
como las normas de organización y funcionamiento del centro.
[...]
En Titulo V,
capítulo 2, Artículo 121:
"Proyecto
educativo.
1. El proyecto educativo del centro recogerá los valores,
los objetivos y las prioridades de actuación. Asimismo,
incorporará la concreción de los currículos establecidos por
la Administración educativa que corresponde fijar y aprobar
al Claustro, así como el tratamiento transversal en las
áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras
enseñanzas.
2. Dicho proyecto, que deberá tener en cuenta las
características del entorno social y cultural del centro,
recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y
la acción tutorial, así como el plan de convivencia, y
deberá respetar el principio de no discriminación y de
inclusión educativa como valores fundamentales, así como los
principios y objetivos recogidos en esta Ley y en la Ley
Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la
Educación.
3. Corresponde a las Administraciones educativas establecer
el marco general que permita a los centros públicos y
privados concertados elaborar sus proyectos educativos, que
deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su
conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa.
Asimismo, corresponde a las Administraciones educativas
contribuir al desarrollo del currículo favoreciendo la
elaboración de modelos abiertos de programación docente y de
materiales didácticos que atiendan a las distintas
necesidades de los alumnos y del profesorado.
4. Corresponde a las Administraciones educativas favorecer
la coordinación entre los proyectos educativos de los
centros de educación primaria y los de educación secundaria
obligatoria con objeto de que la incorporación de los
alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva.
5. Los centros promoverán compromisos educativos entre las
familias o tutores legales y el propio centro en los que se
consignen las actividades que padres, profesores y alumnos
se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento
académico del alumnado.
6. El proyecto educativo de los centros privados
concertados, que en todo caso deberá hacerse público, será
dispuesto por su respectivo titular e incorporará el
carácter propio al que se refiere el artículo 115 de esta
Ley.
[...]
El Director
tiene que ejercer la dirección pedagógica, promover la
innovación educativa e impulsar planes para la consecución
de los objetivos del proyecto educativo del centro.
1. Pautas para el Proyecto Educativo de Centro
El sistema educativo actual ha generado en los centros
educativos la necesidad de elaborar algunos documentos que
enmarquen la vida del centro. Dichos documentos recogen los
principios educativos, el modelo de organización y participación
y el curriculum que orientan las actividades del centro.
Para que estos documentos sean instrumentos útiles convendría
que reuniesen todas o la mayoría de las siguientes
características:
Características del Proyecto Educativo:
Instrumento asumido colectivamente.
Necesario.
Claro,
conciso.
Operativo.
Dinámico.
Abierto, flexible.
Concebido como proceso.
Basado
en la investigación - acción.
Consensuado.
Pensado para conseguir en el tiempo que dura la etapa.
Operativo.
Progresivo
2. Conceptualización del Proyecto educativo
El Proyecto Educativo es el primer paso teórico de la
planificación de un centro escolar.
Se trata de una propuesta integral que contextualizada en la
realidad concreta y definiendo las propias metas de identidad,
permite llevar a cabo, de forma coherente y eficaz, los procesos
educativos del centro.
Asimismo, es un instrumento que posibilita encontrar
justificación o respuesta a las decisiones que se toman, tanto
en el Proyecto Curricular y los Programas Específicos de las
Areas, como las relativas a la organización y gestión.
Su función básica es la de proporcionar un marco global de
referencia a la institución escolar, que permita la actuación
coordinada y eficaz del equipo docente y de toda la Comunidad
Educativa general.
3. Necesidad del Proyecto Educativo en el Centro
Su elaboración se justifica desde la necesidad sentida por la
Comunidad Educativa de tener un marco de referencia para las
actuaciones de cada uno, porque:
Al ser
el resultado del consenso de toda la Comunidad Educativa,
compromete y vincula a todos los miembros en una finalidad
común.
Al
proporcionar unas metas y unos criterios comunes, garantiza
una actuación coherente y eficaz de todos los sectores de la
Comunidad Educativa.
Favorece una mayor participación e implicación de todas las
personas que conviven en el centro, al tiempo que posibilita
la cohesión de los equipos educativos y la confluencia de
intereses diversos.
permite racionalizar el trabajo, evitando la improvisación y
la rutina.
Ayuda
a configurar y hacer explícita la personalidad propia de
cada centro, recogiendo por escrito tanto los planteamientos
institucionales como las directrices formales del mismo.
Proporciona una referencia base para la toma de decisiones,
coordinando las acciones instructivas y formativas del
profesorado con las de gestión.
Posibilita la evaluación institucional.
Estas reflexiones previas nos llevan a definir el concepto de
Proyecto educativo de Centro en los siguientes términos:
"Es un instrumento con proyección de futuro, pensado y elaborado
colectivamente por la comunidad escolar a partir del análisis de
su propia realidad, que actúa de modo coherente sobre la
práctica docente con la intención de mejorarla, dotando a los
centros de la eficacia necesaria para alcanzar los objetivos
pretendidos ".
4. Cómo elaborar un Proyecto Educativo de Centro ( P.E. C. )
El proyecto Educativo debe estar contextualizado en la situación
concreta del centro, planteando soluciones a su problemática
específica y contemplar, al menos, los siguientes puntos:
4.1. Elementos básicos en el Proyecto Educativo
A ) Principios filosóficos en el PEC
Idea de persona.
Perfil de hombre / mujer.
Nuestro concepto de Educación
B ) Análisis del Contexto
1. Descripción Física
Localización.
Situación medioambiental.
Fuentes económicas.
2. Características de la población
Tipo
de población.
Nivel
económico.
Nivel
de paro.
Nivel
cultural.
Nivel
asociativo
3. Servicios y recursos culturales
Medicoasistenciales
Animación sociocultural.
Centros culturales y de recreo.
Otros
centros educativos
Características del Centro
1. Infraestructura del Centro
Antigüedad del edificio.
Número
de espacios.
Equipamiento e instalaciones.
2. Características de las Familias y el Alumnado
Número
de miembros.
profesión de los padres.
Nivel
económico y tipo de vivienda.
Valores y hábitos familiares.
Relación de la familia con el centro.
Número
de alumnos.
Actividad ante el aprendizaje.
3. Características del profesorado
Número
de profesores.
Situación Laboral.
Antigüedad en el Centro.
Estabilidad del Equipo Docente.
Actitudes y valores.
Edad
Media.
Relaciones entre los profesores, padres y alumnos
4. Características del Personal de Apoyo
5. Características del Personal no docente
Número
de personas.
Situación y dependencia laboral.
Antigüedad en el centro.
Lugar
de residencia.
Papel
que cumple en el centro.
C ) Diseño de Objetivos Generales de Centro
D ) Estilo de Centro
La
metodología.
Los
valores que se transmiten.
El
modelo de evaluación
E ) Sistema de participación
En el
aula.
Departamento.
Coordinación de ciclo.
El
tutor.
El
equipo psicopedagógico.
Los
niveles de coordinación
El siguiente cuadro sitúa y caracteriza el PEC en
relación con los demás documentos institucionales.
EL PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO
Proyecto Educativo de Centro (PEC)
Principios educativos.
Objetivos.
Organización
Comunidad Educativa
Reglamento de Régimen Interior (RRI)
Reglas de funcionamiento y convivencia
Proyecto Curricular de Centro (PCC)
Objetivos.
Contenidos:
Actitudes.
Cognoscitivo
Procedimientos:
Secuenciación
Metodología.
materiales didácticos.
Evaluación
Equipo docente
P de Área
R
O
G
R
A
M
A
C de Aula
I
O
N
E
S
Los mismos elementos del PCC
Los mismos elementos del PCC
Seminarios
Equipos docentes
Los elementos del Proyecto Educativo de Centro.
( Propuesta de un Proyecto de Participación Colaborativa
)
BLOQUES
DESARROLLO
1. Análisis del Contexto
Introducción ( qué se pretende y cómo se ha
elaborado ).
Características del centro.
Características del entorno.
Característica de C. Educativa.
Necesidades Específicas.
2. Oferta Educativa
Oferta educativa
3. Metas Educativas
Señas de identidad.
Principios educativos.
Objetivos generales.
Objetivos de etapa.
4. Reglamento
Régimen Regulación
Organización Interior
Estructura.
Criterios y concreción de los niveles de
participación.
Organos formales.
Otros cauces.
Espacios.
Relaciones con el exterior
Regulación
Convivencia
Criterios
Procesos para interiorizar las normas.
Normas.
Procedimientos cuando no se cumplen las
normas.
Difusión, Evaluación y Modificación
Pasos para hacer la difusión.
Evaluación.
Modificación.
En este proceso participativo, el papel de los
diferentes colectivos en la elaboración del PEC es el
que recoge los esquemas que configuran a continuación.
1. Plan de actuación y calendario
Lo elabora
Equipo Directivo
Lo aprueba
Consejo Escolar
2. Elevan propuestas de la elaboración
Equipos de Ciclo
Datos de ciclo
Claustro
Equipo Directivo
Juntas de delegados
A.P.A.S.
Consejo Escolar
Asociación de alumnos
3. Establece directrices para la elaboración
El Consejo Escolar
4. Elaboración y aprobación del proyecto
Lo elabora
Equipo Directivo
Lo aprueba
Consejo Escolar
5. Seguimiento del proyecto
Lo evalúa.
Vela por la correcta aplicación.
Vela por su ejecución y coordina las
actividades en relación con el proyecto.
Asegura la coherencia entre el proyecto y
los demás documentos del centro
Este
documento pretende recoger las normas que permitan una
óptima convivencia, canalizar la participación de los
diferentes sectores de la Comunidad Educativa y potenciar al
máximo la educación integral del alumnado.
El
Reglamento de Régimen Interior (RRI) será de aplicación en
el marco físico del Centro Educativo correspondiente y en
todas aquellas actuaciones que tengan relación con la
actividad normal del centro o se deriven de ellas, aunque
acontezcan fuera de su recinto.
Este RRI
formará parte del Proyecto Educativo del Centro y dentro del
mismo se convierte en un elemento educativo que pretende
servir fundamentalmente para prevenir y evitar conflictos,
implicar a todos los sectores en la responsabilidad de
mantener una convivencia ordenada y correcta y el desarrollo
regular de las actividades propias de un centro educativo,
fomentar la participación responsable en el ejercicio de los
derechos y deberes y agilizar, siempre que sea posible, los
trámites en los eventuales conflictos que surjan.
No se trata
de un reglamento disciplinario, ni pretende fomentar una
actitud sancionadora, si no del “marco legal dentro del cual
se ha de desarrollar toda la vida cotidiana del centro y de
los miembros que conviven en él".
Pretende por
ello conseguir que del conocimiento y difusión de las normas
de convivencia y de relación personal, de la reglamentación
de los usos de los espacios y de las formas de comunicación,
se deriven logros en el desarrollo de los valores de
tolerancia, respeto a la diferencia y convivencia
democrática que la ordenación del sistema educativo
propugnan como objetivos básicos.
2. Fundamentos
legales
L.O.D.E.,
Ley orgánica 8/85 de 3 de julio (B.O.E. de 4/7/85).
R.D.
2376/85 de 18 de diciembre (B.O.E. de 27/12/85) sobre
órganos de gobierno.
R.D.
33/86 de 10 de enero sobre el Reglamento de Régimen
Disciplinario de los Funcionarios de la Administración
del Estado.
Ley
Orgánica 1/1990 de 3 de octubre (L.O.G.S.E.) Ley de
Organización General del Sistema Educativo.
R.D.
732/95 de 5 de mayo por lo que se establecen derechos y
deberes de los alumnos y normas de convivencia en los
centros.
Orden
Ministerial de 12 de noviembre de 1992, sobre la
evaluación en la ESO.
Ley
30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Orden
Ministerial de 29 de junio de 1994, que regula la
organización y funcionamiento de los Institutos de
Educación Secundaria.
Ley
Orgánica 9/1995 de 20 de noviembre, de la Participación,
Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes.
Real
Decreto 723/1995 de 5 de mayo, por el que se establecen
los derechos y deberes de los alumnos y las normas de
convivencia.
Real
Decreto 83/1996, de 26 de enero (BOE 21/2/96), por el
que se aprueba el Reglamento Orgánico de
los Institutos de Educación Secundaria.
R.D.
82/96 de 26 de enero (B.O.E. de 20/2/96), por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de
Educación Infantil y de los Colegios de Educación
Primaria.
Orden
Ministerial de 29 de febrero de 1996 (BOE 9/03/1996) por
la que se aprueban las instrucciones que regulan la
organización y funcionamiento de los Institutos de
Educación Secundaria.
Orden
de 29 de abril de 2002, sobre impartición de la
Educación Secundaria Obligatoria.
Orden
EDU/1186/2003, de 15 de septiembre, que modifica la
Orden de 29 de abril de 2002.
3.
Principios educativos especiales
Las
actividades se ajustarán a los principios contenidos en
el artículo 27.2 de la Constitución, orientándose al
pleno desarrollo de la personalidad del alumnado, al
aprendizaje activo del modo de vida democrático, al
logro de una sólida educación y a la igualdad real de
las oportunidades educativas.
La
educación y la convivencia se desarrollarán en un clima
de tolerancia y respeto a la libertad de cada cual, a su
personalidad y convicciones, que no podrán ser alteradas
por ningún tipo de coacción ni por la obligación de
asumir ideologías o creencias determinadas.
Todos
los miembros de la Comunidad Escolar tendrán derecho a
intervenir en las decisiones que les afecten, a través
de los representantes libremente elegidos para la
constitución de los órganos colegiados.
La no
discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo,
capacidad económica, nivel social, convicciones
políticas, morales o religiosas, así como por
deficiencias físicas o psíquicas o por cualquier otra
condición o circunstancia personal o social.
El
colegio funcionará en régimen de coeducación en todos
sus niveles.
Se
garantizan las libertades académicas que corresponden al
profesorado, dentro del respeto a la Constitución y las
Leyes.
4.
Objetivos
4.1 Generales
-
Dinamizar la vida del centro
- Hacer
más prácticas y operativas las estructuras
organizativas.
-
Mejorar las relaciones de toda la comunidad educativa.
- Dotar
al centro de marcos de referencia pera su organización y
funcionamiento.
-
Establecer el marco que facilite las relaciones,
decisiones y el funcionamiento general.
-
Estructurar, definir y repartir las responsabilidades,
-
Establecer mecanismos de comunicación e información en
la comunidad educativa.
-
Elevar los niveles de convivencia general de todos los
miembros que integran el centro educativo.
-
Establecer mecanismos de participación de todos los
miembros de la comunidad educativa.
- Dotar
al centro de un documento organizativo que supla las
posibles deficiencias organizativas como consecuencia de
la movilidad del profesorado.
-
Agilizar el funcionamiento y facilitar la tomo de
decisiones.
-
Unificar la información y hacerla mas asequible,
4.1
Educativos
Educar
en la responsabilidad individual y colectiva.
Fomentar en los alumnos el espíritu de convivencia y
solidaridad.
Mejorar
la disciplina individual y colectiva de los alumnos
basada en el convencimiento y no en el temor.
Adquirir hábitos de limpieza e higiene personal.
Respetar las ideas de los demás.
Desarrollar en los alumnos el sentido crítico.
Potenciar la participación de los alumnos en las
organizaciones docentes.
4.2
Didácticos
Los que
figuren en el Proyecto Curricular elaborado por los
distintos ciclos.
Elaborar cada curso un plan de apoyo para reforzar o
ampliar el aprendizaje individual de los alumnos que lo
requieran.
Prestar
especial atención a las actividades que contribuyan al
enriquecimiento cultural del alumnado: viajes, visitas,
charlas, trabajos de investigación, semana del libro,
exposiciones, talleres,...
Potenciar la entrada en el Centro de personas que
contribuyan al enriquecimiento, a talleres o temas
concretos, a conseguir la educación integral del
alumnado.
Cada
curso, en la Programación General Anual, se harán
públicos los criterios Generales que se aplicarán en la
promoción del alumnado.
5. Elaboración RRI.
Este RRI, es
la recopilación del conjunto de normas relativas a la
organización y funcionamiento del centro, que surgen de la
participación y consenso de toda la comunidad escolar. En
base a ello, la elaboración del mismo ha seguido las
siguientes pautas:
1º.
Constitución de una comisión dentro del Claustro de
Profesores, en la que intervienen todos los
departamentos didácticos del centro.
2º. Esta
comisión prepara un anteproyecto del RRI. Para ello se
crean grupos de análisis y discusión que se encargan de
elaborar los diferentes títulos del reglamento. Los
títulos o apartados propuestos se discuten y aprueban en
las reuniones de Ia CCP.
3º. Una
vez elaborado el anteproyecto se entrega a los distintos
sectores de la comunidad educativa:
-
Los padres (APA).
- Los alumnos (Junta de delegados).
- Los profesores (Claustro).
- El personal no docente.
4º. Los
diferentes sectores lo estudian y presentan enmiendas.
5º. La
Comisión (o el Equipo Directivo) recoge y da forma al
documento con las enmiendas presentadas.
6º. El
Consejo Escolar:
-
Estudia el anteproyecto y los enmiendas.
- Debate y analiza las propuestas.
- Introduce, si es necesario, modificaciones.
- Aprueba el texto definitivo (que se incorporará el
PEC).
7º. El
Equipo Directivo procede a su difusión y lo envía a la
Administración educativa.
8º.
Cumplirlo. El RRI, una vez aprobado, es de obligado
cumplimiento para todos los miembros de la Comunidad
educativa.
6.
Organización del Centro
6.1 Órganos
unipersonales
Serán:
Director, Secretario, Jefe de Estudios, y Coordinador de
Ciclo (Primaria e Infantil).
6.1.1
Director
Su
nombramiento, competencias y cese están regulados por el
Reglamento Orgánico. En la hora de permanencia participará
en las reuniones de equipos de profesores integrado en el
ciclo donde imparta la docencia.
6.1.2 Secretario
Su
nombramiento, competencias y cese están regulados por el
Reglamento Orgánico.
En la hora
de permanencia en el centro se integrará en el equipo de
trabajo o ciclo que corresponda al nivel o grupo-clase donde
imparta docencia.
6.1.3 Jefe
de Estudios
Su
nombramiento, competencias y cese están regulados por el
Reglamento Orgánico.
Durante las
horas de permanencia en el centro se encargará de coordinar
los distintos equipos de trabajo de profesores, así como
presidir las juntas de Evaluación y reuniones acordadas en
el plan de acción tutorial.
6.1.4 Coordinador de
Ciclo (Infantil y Primaria)
Cada ciclo
tendrá un coordinador. Será nombrado por el Director, quien
solicitará propuesta a los profesores del ciclo. Cesará a
petición propia o por resolución del Director dando las
explicaciones que correspondan a los profesores del ciclo.
Sus
competencias serán:
Coordinar y/o moderar las reuniones del Equipo de Ciclo.
Trasmitir la información del ciclo a la Comisión de
Coordinación Pedagógica.
Asistir
a la Comisión de Coordinación Pedagógica representando
al ciclo.
Proponer al equipo directivo, horarios, apoyos,
formación de grupos flexibles, actividades
complementarias, etc. que afecten a su ciclo.
Coordinar la programación, procedimientos y metodología
en el ciclo.
Tendrá al
menos 1 hora semanal para las labores de coordinación del
ciclo.
6.2 Órganos
colegiados del centro
6.2.1 Consejo Escolar
Su
configuración, elección y cese está regulado por el
Reglamento Orgánico, así como sus competencias:
Se
reunirá una vez al trimestre, a principio de curso para
aprobar, si procede, la Programación General Anual, y
otra a final de curso para informar la Memoria.
Se
convocará por escrito, salvo casos urgentes, con cuatro
días de antelación, y se adjuntará la documentación
precisa para su estudio.
El
funcionamiento del Consejo Escolar, en todo lo no
regulado por este reglamento, se ajusta a la Ley de
Procedimiento Administrativo, en lo legislado sobre
órganos colegiados.
La
Comisión Económica al menos se reunirá tres veces,
coincidiendo con los trimestres naturales, a principio y
a final. Su labor, además de elaborar los informes
solicitados por el Consejo Escolar, será la de controlar
ingresos y gastos y su adaptación al presupuesto
aprobado por el Consejo Escolar.
El
Consejo Escolar podrá decidir la constitución de
comisiones para estudiar determinados asuntos, de sus
propuestas el Consejo Escolar decidirá lo que estime
pertinente.
En todo
caso, los componentes de las comisiones serán elegidos
por el Consejo Escolar entre sus miembros.
6.2.2 Claustro de Profesores
Formarán el
Claustro la totalidad de profesores cuya actividad docente
se desarrolle en horario lectivo.
Sus
competencias serán las recogidas en el Reglamento Orgánico.
Se
reunirá al menos tres veces al año, coincidiendo con los
trimestres del curso y una vez a principio de curso y
otra a final.
Las
convocatorias se harán por escrito, salvo urgentes, al
menos con dos días de antelación al acto, adjuntando, si
es necesario, la documentación para su estudio.
El
funcionamiento del Claustro de Profesores se ajustará,
excepto en lo aquí reflejado, a la Ley de Procedimiento
Administrativo en lo referente a órganos colegiados.
El
Claustro podrá formar las comisiones que estime oportuno
para el estudio y elaboración de informes, aunque las
decisiones sobre las conclusiones acordadas por la
comisión corresponde tomarlas al Claustro.
6.2.3 Órganos
Colegiados
de Coordinación Docente.
6.2.3.1 Comisión
de Coordinación Pedagógica
Se
reunirá, al menos, una vez al bimestre.
Su
composición será: Director, Jefe de Estudios,
coordinadores de ciclo, así como el orientador/a o
miembro del equipo interdisciplinar.
Estudiará toda la problemática de funcionamiento de los
equipos de trabajo de los profesores, así como la
consecución de los objetivos del diseño curricular y
propondrá las revisiones o reformas sobre él que estimen
al Consejo Escolar, Claustro o Equipo Directivo.
Será el
vehículo de participación con los representantes de la
Junta Directiva del A.P.A. en la colaboración entre
padres y profesores para programar conjuntamente
actividades y servicios.
6.2.3.2 Departamentos Didácticos
(Secundaria y Bachillerato)
Departamento de Orientación
Departamento de Educación Plástica.
Departamento de Biología y Geología.
Departamento de Física y Química.
Departamento de Francés
Departamento de Educación Física
Departamento Ciencias Sociales
Departamento Lengua Castellana y literatura
Departamento Matemáticas
Departamento Música
Departamento Tecnología.
Departamento de Inglés.
Departamento de Actividades Extraescolares y Culturales.
6.2.3.3. Equipos
de Ciclo.
Se
reunirá, al menos, quincenalmente.
Formarán parte de él todos los profesores que impartan
docencia o apoyo en los grupos-clase del ciclo.
Tratará
toda la problemática que les afecte en cuanto a
programación, metodología, procedimientos, grupos
flexibles dentro del ciclo, actividades de apoyo,
refuerzo o ampliación, adaptaciones curriculares,
actividades complementarias, etc.
A
través de su coordinador/a participa en la Comisión de
Coordinación Pedagógica.
Montero (1996, 172/48) lo define como "patrón común de
actuaciones que, diseñadas por un equipo educativo, se
establece en sintonía y ajuste con el análisis de contexto
del Centro; asegura la coherencia con el resto de los
elementos de planificación del Proyecto Educativo; establece
orientaciones concretas para diversos ámbitos (objetivos,
contenidos, metodología, evaluación...); incluye propuestas
organizativas, de orientación, escolar, formación del
profesorado y evaluación de su propio diseño; adopta, como
referentes, las prescripciones administrativas; define la
identidad del Centro; se dirige a la igualación de las
posibilidades de éxito educativo de los alumnos; y
contribuye, en última instancia, a su futuro
desenvolvimiento personal y social".
La Reforma
Educativa emprendida en nuestro país en los últimos años, ha
supuesto la introducción de importantes innovaciones. Éstas
han afectado tanto a la estructura del sistema educativo
español como a la concepción y desarrollo de los nuevos
programas escolares. La Educación Infantil es uno de los
tramos educativos que mayores modificaciones ha sufrido en
su estructura, ya que se considera ahora como una etapa con
entidad propia -y no como una mera preparación a la
escolaridad obligatoria- y se prevé la extensión de la
escolarización gratuita de niños y niñas en centros públicos
a partir del Segundo Ciclo (de tres a seis años).
En cuanto a los
programas, se realiza una nueva definición de objetivos, así
como una nueva selección y organización de contenidos. Se
configura, de este modo, un currículum deudor en gran medida
de la experimentación de la Reforma educativa llevada a cabo
en cada una de las Comunidades Autónomas.
Esta Reforma
del currículum impulsada, en primera instancia, por el
propio Ministerio de Educación y Ciencia (Libra Blanco para
la Reforma Educativa, Ley Orgánica General del Sistema
Educativo, Real Decreto 1330/1991, de 6 de Septiembre, por
el que se establecen los aspectos básicos del currículum de
la Educación Infantil...) y realizada conjuntamente con las
demás Comunidades Autónomas con competencias plenas en
materia de educación, adopta un enfoque acorde con la
pluralidad política y cultural del Estado español y con los
avances realizados en las ciencias de la educación. Se
propone, así, una concepción abierta del currículum que
promueve una mayor descentralización en la toma de
decisiones educativas y que se traduce en sucesivos niveles
de concreción curricular.
El primero
de ellos, viene determinado por la Administración educativa
de cada Comunidad Autónoma.
El segundo,
competencia de los centros docentes y consecuencia de su
nivel de autonomía pedagógica, quedará reflejado en la
elaboración de sus propios Proyectos Curriculares de Centro.
El tercero,
responsabilidad de los distintos equipos educativos y
profesorado del centro, completará la toma de decisiones
haciéndola realidad con un determinado grupo de alumnos y
alumnas a través de la elaboración y aplicación de las
Programaciones de Aula.
Estos tres
niveles de concreción facilitarán la necesaria
contextualización del currículum en cada realidad escolar,
así como los procesos de adaptación curricular que se
requieran en cada caso.
Un cuarto
nivel de concreción sería las Adaptaciones Curriculares.
El Proyecto
Curricular de Centro (PCC), constituye una pieza clave en la
nueva estructuración curricular que pretende configurarse.
Es el elemento más relacionado con la oferta pedagógica que
realiza un determinado equipo de profesores.
¿Quién lo
elabora y lo aprueba?
Mientras el
órgano decisorio que puede opinar sobre la validez del PCC,
incluido dentro de los otros documentos institucionales, es
el Consejo Escolar, la responsabilidad técnica y práctica de
la elaboración y ejecución del PCC está en los profesores y
en el claustro. Esta dicotomía de modelos (LODE-LOGSE) que
se suman, pero no se configura como uno sólo, debe
resolverse a través de la configuración de uno nuevo
(sintético o innovador), que defina claramente las funciones
de cada estamento, sus responsabilidades y relaciones. Esta
distorsión esta afectando gravemente a la organización y al
funcionamiento de los centros.
Una de las
posibles salidas sería que el Consejo escolar defina, con la
participación de los representantes de los profesores y su
compromiso, las finalidades y los criterios que deberían
regir la secuenciación y las prioridades del PCC, y el
Claustro, como órgano formado por profesionales de la
docencia, lo elabore de acuerdo con sus conocimientos y sus
planteamientos ideológicos-pedagógicos y en coherencia con
ese compromiso adquirido respecto a la Comunidad Educativa.
Lo coordina la
Comisión de Coordinación Pedagógica (los jefes de
Departamento, en los IES, y los Coordinadores de Ciclo, en
los Centros de Infantil y Primaria)
¿Qué es?
El PCC es la
oferta formativa y académica de un centro en el que se
desarrollan los elementos típicos de un Diseño Curricular
(objetivos y prioridades, contenidos, metodologías,
materiales y recursos y evaluación), y en el que deben estar
integrados de forma coordinada y articulada los diferentes
niveles de concreción de los Proyectos Curriculares (de
etapa, área, ciclo y del Aula) y las Adaptaciones
Curriculares, de acuerdo a unas prioridades y criterios de
secuenciación, consensuados por todos y como un diseño
inacabado en continua experimentación y reelaboración.
Finalidades:
1) La
coordinación y distribución consecuente y coherente de la
oferta formativa de los currícula, según los diferentes
niveles, áreas, ciclos, e incluso etapas, si las hubiera.
2) Planificar de forma coordinada la relación entre las
actividades del currículum y el medio ambiente y el entorno
en el que está ubicado el centro.
3) Relacionar y buscar la coherencia de la oferta formativa
con los RRI, PGA y el PEC.
4) Servir de marco para la elaboración de los currícula por
departamentos, ciclos y profesores.
La función de coordinación entre los otros planes
institucionales y los currícula en sus diferentes niveles de
concreción es la función principal del PCC, como propuesta
de innovación y cambio curricular, además de dar respuesta a
las demandas de formación del medio o entorno
socio-contextual.
Elementos.
Los elementos que configuran el PCC son los siguientes:
1) Análisis de las variables socio-contextuales (demandas de
formación del medio ambiente socio-cultural), diferenciación
de las características de los grupos de incidencia.
2) Análisis de las variables psicológicas de los alumnos por
niveles y grupos de incidencia.
3) Prioridades, objetivos y metas para la secuenciación de
los contenidos y criterios de evaluación y el modelo de
intervención.
4) Secuenciación de contenidos y criterios de evaluación.
5) Selección de metodologías, recursos y materiales.
6) Plan de Atención a la Diversidad: Adaptaciones
Curriculares.
7) Plan de evaluación del P.C.C.
8) Plan de Formación del Profesorado
9) Plan de Orientación
Proceso. El
proceso a desarrollar debería ir paralelo al orden de los
elementos, que acabamos de describir en el anterior punto:
1) El equipo directivo debería, en primer lugar, coordinar y
dinamizar el análisis de los principales aspectos (tanto
positivos como negativos) que facilitan o dificultan la
acción didáctica, organizativa y educativa en el centro.
2) Por otra parte, deben, en colaboración con el resto de
los profesores del claustro e incluso alumnos y padres,
analizar las realidad socio-cultural de sus alumnos,
caracterizando los grupos de incidencia y las subculturas y
sus necesidades de formación (actitudes, hábitos de trabajo
intelectual, carencias afectivas y de relación personal o
conocimientos y su transferencia al entorno social).
3) Definir y consensuar las prioridades de intervención y
criterios de secuenciación de las capacidades, contenidos
(tipos) y criterios de evaluación, así como el modelo de
intervención en función del grupo de incidencia prioritario
y necesidades de formación detectadas.
4) Elaborar los elementos del PCC en función de la
secuenciación, consensuada por todos los profesores, y que
debe ser aplicada a cada uno de los niveles de concreción.
5) Aplicar y evaluar el PCC como una hipótesis de trabajo a
experimentar, recogiendo los datos como un proceso de
investigación evaluativa y valorándolos para elaborar una
nueva propuesta de intervención, con carácter innovador.
Los Proyectos Curriculares representan uno de los grandes
retos para que el profesorado pueda ofrecer una oferta
educativa de calidad, que responda a las demandas reales de
la Comunidad Educativa para la que trabaja y una oportunidad
para los directivos de reorganizar y reestructurar los
centros con mayor autonomía y libertad para responder a los
problemas que tienen planteados actualmente. A través del
PCC se pueden encontrar soluciones concretas que ayuden a
redefinir los roles y funciones de los agentes que
intervienen en la Comunidad Escolar, de manera que
posibiliten el fin de la crisis de identidad del sistema
educativo y del profesorado, disminuyendo la inseguridad de
las indeterminaciones técnicas ( Fernández Pérez, 1988), las
angustias, las soledades y las frustraciones.
La Reforma ha puesto en marcha un proceso caracterizado por
la innovación curricular, a través de los Proyectos
Educativos y Curriculares como palanca e instrumento de
cambio de los centros, que va a tener consecuencias directas
en la reorganización y la reestructuración de los centros.
Esta situación demanda un desarrollo más extenso de la LOGSE
en lo referente a la organización y estructura de un centro,
además de las aportaciones del ROC (1993), que permita,
entre otras cosas: las reestructuración de los espacios
arquitectónicos, los reagrupamientos de alumnos, la
reorganización de los horarios y dentro del horario escolar
y de sus instalaciones, la potenciación de los planes de
formación del profesorado en los centros, para que se puedan
elaborar los Proyectos Curriculares como respuesta
innovadora a los problemas concretos que tienen (motivar a
los alumnos, descargar y dar prioridad a los contenidos de
los programas, coordinarse y trabajar en equipo con otros
compañeros, conseguir recursos y medios, etc.).
De esta forma se conseguiría crear una cultura de
participación en los centros en todos los niveles: agentes
socio-económicos, padres, alumnos, personal no docente,
equipo directivo y profesores del centro. Esta cultura de
participación sería la base necesaria para mejorar la oferta
y ayudar a crear compromisos de todos los agentes de la
comunidad como un tarea común y plantear una dinámica
colaborativa y de participación responsable.
Este es, quizás, el gran reto de los equipos directivos en
los próximos años: la organización de los centros para
desarrollar (aplicar, evaluar y reelaborar) estos Proyectos
Curriculares con la participación y el compromiso del
profesorado; y la contribución, no sólo de los directivos,
sino, sobre todo, de la Administración para posibilitar,
crear y potenciar el clima apropiado y los medios para su
consecución.
Con el fin de conseguir y facilitar esta cultura de
participación y compromiso del profesorado se deberá tener
en cuenta:
a) El trabajo en equipo, con espacios y tiempos específicos
para ello, con la participación también de algunos miembros
del Consejo Escolar en los grupos de trabajo, según las
necesidades y los intereses.
b) La elaboración de un Plan de Formación del Centro en
función de las necesidades de formación que vayan surgiendo
en los grupos de profesores durante el trabajo en equipo, y
que deberán tener como prioridad la aplicación, el
desarrollo, la evaluación y la reelaboración de los
Proyectos Educativos y Curriculares, en los diferentes
niveles de concreción. De esta forma, se debería convertir
el centro en el espacio y ámbito de formación más
importante.
c) Los proyectos han de convertirse en hipótesis de
intervención a experimentar, en un proceso permanente de
investigación en la acción
d) Los modelos de intervención propuestos en el PCC deben
ser discutidas, negociadas, consensuadas y pactadas entre
todos, y en todos y cada uno de sus aspectos: análisis del
contexto, prioridades, filosofía o líneas orientativas de
los modelos de intervención, fases de temporalización,
criterios de evaluación, de promoción, etc. Aunque sean
mínimos deben servir de "marco constitucional para el
funcionamiento del centro ", con los que todos se
comprometan en su cumplimiento y, por lo tanto, que orienten
y enmarquen la actuación de los docentes en su actividad con
los alumnos, fuera y dentro del aula.
e) Todo este proceso de experimentación debe convertirse en
una dinámica de trabajo permanente, de puesta en común e
intercambio de experiencias y resultados.
f) La evaluación de estos proyectos deben constituir la base
para la reelaboración de los otros Planes Institucionales
(cada año de la Programación General; cada dos o tres años,
del Reglamento de Régimen Interno; y a más largo plazo, de
tres a cinco, del Proyecto Educativo de Centro), con el fin
de reajustarlos a la dinámica de la innovación curricular y
a las nuevas necesidades.
Para apreciar
cómo se pasa del currículum establecido a su concreción en
el proyecto curricular de etapa y a las programaciones, es
necesario analizar cada nivel de concreción.
A.- PRIMER
NIVEL: D.C.B. (Diseño Curricular Base).
Tiene carácter
normativo, su elaboración es competencia de las
Administraciones educativas y tiene como finalidad
determinar las experiencias educativas que se han de
garantizar a todos los alumnos de una determinada etapa,
ciclo o nivel educativo sin distinción. En él se reflejan
las intenciones educativas del Sistema así como los
principios psicopedagógicos que lo fundamentan.
Sus
principales características son:
a) Es un
documento abierto y flexible ya que deja gran parte de las
decisiones curriculares en manos de los profesores al
incluir únicamente objetivos generales (en términos de
capacidades), grandes bloques de contenidos y orientaciones
sobre la metodología y la evaluación.
b) Es
orientador ya que no se considera como un producto acabado
sino que serán los profesores quienes se encarguen de
concretarlo para la realidad educativa en que trabajan.
c) Es
prescriptivo, está destinado no sólo a orientar a los
profesores y centros sino también a prescribir determinados
objetivos, contenidos o experiencias educativas que han de
asegurarse a todos los alumnos en el transcurso de su
escolaridad..
El D.C.B.
está compuesto por los siguientes elementos:
a) Objetivos
Generales de las diferentes etapas: Infantil, Primaria y
Secundaria. Estos objetivos se refieren a los cinco grandes
grupos de capacidades humanas: cognitivas o intelectuales,
motrices, de equilibrio personal o afectivas, de relación
interpersonal y de actuación e inserción social.
b) Las áreas
curriculares: dependiendo de la etapa, el sentido del área
varía. En Educación Infantil las áreas se refieren a ámbitos
de experiencia del niño de esas edades (Identidad y
Autonomía Personal, Medio Físico y Social y Comunicación y
Representación). En Educación Primaria se hace más patente
el aspecto disciplinar ya que se pretende no sólo que el
alumno aumente su experiencia sino también que vaya
introduciéndose en los ámbitos de conocimientos (Lengua
Castellana y Literatura, Matemáticas, Conocimiento del
Medio, etc.). En muchas ocasiones, los contenidos partirán
de un enfoque globalizado y/o interdisciplinar. En E.S.O.,
la mayor parte de las áreas corresponden a una única
disciplina describiendo la estructura epistemológica,
conceptual y metodológica de cada una de ellas.
c) Objetivos
generales de áreas: son las capacidades que se pretenden
alcancen los alumnos al finalizar la etapa respecto a cada
una de las áreas.
d) Bloques de
contenidos: son agrupaciones de contenidos a trabajar
durante la etapa. No se trata de un temario cerrado sino que
será el equipo de profesores y/o departamento didáctico
quien decidirá como distribuirlos en los ciclos y niveles
(distribución y secuenciación). Incluye propuestas de
secuenciación por ciclos.
e)
Orientaciones metodológicas: el D.C.B. también proporciona
sugerencias respecto al cómo enseñar, decisiones respecto al
papel que juegan los alumnos y profesores, utilización de
espacios, medios y recursos, tipos de actividades y tareas,
etc., más convenientes para cada etapa educativa.
f)
Orientaciones para la evaluación: recoge sugerencias para
emitir juicios contrastados que permitan comprender y tomar
decisiones respecto al aprendizaje del alumno, respecto al
proyecto de etapa o aula, etc.
B.- SEGUNDO
NIVEL: PROYECTO CURRICULAR DE CENTRO.
Es importante
diferenciar entre Proyecto Educativo de Centro (P.E.C) y
Proyecto Curricular de Centro. El primero define la
identidad del Centro, es un instrumento para la
planificación a medio plazo cuyo objetivo es dotar de
coherencia y personalidad propia a los Centros, es más
amplio e incluye, tanto el P.C.C. como las Finalidades
Educativas y el Reglamento de Organización y Funcionamiento
(R.O.F.). Su elaboración es coordinada por el Equipo
Directivo y deben participar todos los sectores de la
comunidad educativa de acuerdo con las directrices
elaboradas por el Consejo Escolar y las propuestas
realizadas por Claustro de profesores, Asociaciones de
Padres y de Alumnos.
El P.C.C.
constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula
a medio y largo plazo el conjunto de actuaciones del equipo
docente de un Centro educativo y tiene como finalidad
alcanzar las capacidades previstas en los objetivos de cada
una de las etapas, en coherencia con las Finalidades
Educativas del mismo. (Decretos sobre Reglamentos Orgánicos
de Centros). Es un conjunto de decisiones articuladas que
permitan concretar el D.C.B. en proyectos de intervención
didáctica adecuadas a un contexto específico. Con su
elaboración se pretende garantizar la adecuada progresión y
coherencia en la enseñanza de los contenidos educativos a lo
largo de la escolaridad.
Su diseño y
elaboración es competencia de los equipos docentes siendo
coordinados por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica
debiendo ser aprobado por el Claustro de Profesores.
El Proyecto
Curricular de Centro debe incluir, de manera coordinada los
proyectos curriculares de las distintas etapas educativas
que se impartan en el mismo. Los Centros de Secundaria
incluirán el Proyecto Curricular de la E.S.O., así como los
de Bachillerato y de Formación Profesional específica si
estas enseñanzas se impartieran en dichos Centros.
C.- TERCER
NIVEL: PROGRAMACIONES CURRICULARES DE AULA.
Entendemos por
programación curricular de aula el conjunto de estrategias y
actividades de enseñanza-aprendizaje que cada profesor
realiza con su grupo de alumnos. Estos aspectos han de ser
recogidos en forma de unidades didácticas ordenadas y
secuenciadas para las áreas de cada ciclo y/o nivel
educativo (se entiende por Unidad Didáctica una unidad de
trabajo escolar relativa a un proceso de
enseñanza-aprendizaje articulado y completo). Las
programaciones deben estar de acuerdo con el D.C.B. y en
consonancia con lo recogido en el Proyecto Curricular de
Centro, para ello es necesario planificar y distribuir los
contenidos de aprendizaje a lo largo de cada ciclo y
temporalizar las actividades de aprendizaje y evaluación
correspondientes.
En Educación
Secundaria podemos hablar de un paso previo: las
programaciones didácticas que son elaboradas por los
Departamentos de cada una de las áreas y etapas
correspondiente siguiendo las directrices del Equipo Técnico
de Coordinación Pedagógica. La actividad docente de cada
profesor y sus programaciones de aula deben estar de acuerdo
con las directrices marcadas por las programaciones
didácticas de los Departamentos.
D.- CUARTO
NIVEL . ADAPTACIONES CURRICULARES.
Cada vez más se
considera las Adaptaciones Curriculares y, en general, a
todas las medidas de atención a la diversidad, como el
último nivel de concreción. La A.C. es la acomodación o
ajuste de la oferta educativa común a las posibilidades y
necesidades de cada uno la propuesta de currículo abierto y
flexible ofrece uno de los instrumentos más valiosos para
responder a la diversidad. Desde este punto de vista, los
niveles de concreción curricular son niveles de adaptación
curricular. Se requiere del profesor la responsabilidad y la
libertad de decisión acerca los cambios, adecuaciones, etc
que permitirán adecuar el currículum a las necesidades
reales. Son los que mejor conocen a los alumnos quienes
deben realizar las adecuaciones pertinentes en el ejercicio
de su autonomía y contribuyendo así a su desarrollo
profesional.
Las
Programaciones Anuales serán las concreciones o
modificaciones que para cada curso escolar se hagan de
diferentes aspectos del Proyecto Educativo y / o Reglamento
de Régimen Interno. Las Programaciones Anuales van a
facilitar el seguimiento por parte de la Administración
Educativa y el Consejo Escolar, de la evolución de los
distintos planteamientos educativos y de las modificaciones
que se vayan introduciendo.
1. ¿Qué es la
Programación General Anual?
Es un documento
redactado por una comisión de representantes de la Comunidad
Educativa de un centro en el que se presenta un proyecto de
actuación de todos los responsables de la educación escolar
de unos alumnos, para alcanzar unas metas educativas
claramente definidas.
Es un Proyecto,
una relación de intenciones y de compromisos, fruto de la
reflexión y el estudio previo de los condicionantes
concretos que facilitan o dificultan el éxito escolar de los
alumnos de un determinado centro. Si bien la finalidad de
toda institución escolar es la educación integral, es
imprescindible que tan deseable meta se concrete en
previsiones evaluables de éxito escolar.
Estamos
convencidos de que es necesario un plan estructurado sobre
objetivos generales ( objetivos tendencia ), aunque no se
concreticen en objetivos operacionalmente descritos, y que
impulse de algún modo la labor docente, aunque jamás se
podrá saber si lo que se pretendía conseguir se ha logrado y
que este logro sea evidente para todos.
Por eso, es
imprescindible que el Plan General del Centro incluya los
medios de evaluación que permitan contrastar si se han
alcanzado o no los objetivos.
La programación
docente equivaldría a especificar, antes de iniciarse cada
ciclo educativo, qué cosas concretas y verificables, debería
hacer el estudiante al terminar el ciclo, como resultado de
la enseñanza recibida.
Se define
planificar cómo el distribuir en el tiempo unas tareas de
unas personas con distintos roles y, por tanto, diferentes
responsabilidades, para alcanzar unos beneficios, progresos
o mejoras definidos como objetivos.
Se podría
afirmar que un adecuado Plan General de Centro tendría, al
menos, estas partes fundamentales:
*
Consideraciones sobre los resultados obtenidos en el
curso anterior.
* Detención
de las causas que los han producido, carencias en la
estructura escolar y disfunciones en el funcionamiento
de todos los elementos personales, materiales,
organizativos y curriculares que componen el centro.
* Fijar las
modificaciones que hay que introducir en normativa, en
actuaciones concretas, en estructura de las relaciones
entre las personas para alcanzar determinados objetivos.
*
Relacionar y explicitar los acuerdos y compromisos a que
han llegado tanto el Consejo Escolar del Centro como su
claustro de profesores, fijando prioridades y
temporalización.
*
Temporalización de tareas y asignación de
responsabilidades.
*
Señalamiento de los criterios y de los instrumentos
necesarios para la evaluación del centro y en especial
de aquellas mejoras que de un modo concreto se ha fijado
alcanzar la comunidad escolar.
El Plan General
del Centro se dirige, en primer lugar, a la propia comunidad
educativa del colegio. El Plan se redacta para que sirva de
pauta y de compromiso de los educadores. Después de éstos,
de un modo indirecto, se envía un resumen a la Inspección de
la zona.
1.2. ¿Cuándo y
cómo elaborar la Programación General Anual de un Centro?
La Programación
General Anual de un Centro, debe elaborarse cuanto antes, tan pronto como
comienza el curso, es decir, en la primera quincena del mes
de septiembre. Debe estar completado y enviado a la
Inspección Educativa correspondiente antes del 30 de
octubre.
En una primera
reunión, el 3 de septiembre ( convocada con cuarenta y ocho
horas ), el Consejo Escolar, teniendo como un único punto en
la orden del día: " la elaboración del Plan General Anual ",
debe fijar las comisiones de trabajo y un calendario de
fechas límites de entrega de documentos a la comisión del
Plan.
El Consejo
Escolar, finalmente, debe elegir o designar las personas que
formarán esta comisión. Las funciones de la comisión serán
coordinar las tareas de las distintas comisiones de trabajo
y la refundición o adecuación de los documentos que
presentan aquéllas, de modo que se estructuren en un
proyecto completo y articulado interiormente.
Así, los
principales criterios, directrices y propuestas a tener en
cuenta al elaborar la PGA por los diferentes órganos del
centro son los siguientes:
Claustro
Consejo Escolar
Departamentos
Junta de Delegados
APAs
1.
Los que competen al Claustro.
2.
Los que competen al Consejo Escolar.
3.
Los que competen a los Departamentos.
4.
Los que competen a la Junta de Delegados.
5.
Los que competen a las APAs y Asociaciones de
Alumnos.
1. Las
competencias del Claustro:
o Programar
las actividades docentes.
o Fijar y
coordinar criterios sobre la labor de evaluación,
recuperación y seguimiento de alumnos.
o Elevar al
equipo directivo propuestas para la elaboración del PGA.
o Aprobar
los aspectos docentes de la PGA, horarios y sesiones de
evaluación.
2. Las
competencias del Consejo Escolar:
o Elaborar
las directrices par la programación y desarrollo de las
actividades escolares complementarias, visitas, viajes,
comedores y colonias de verano.
o
Establecer los criterios sobre la participación del
centro en actividades culturales, deportivas y
recreativas, así como aquellas acciones asistenciales a
las que el centro pudiera prestar su colaboración.
o
Establecer las relaciones de colaboración con otros
centros con fines culturales y educativos.
o Adoptar
criterios para la elaboración de la PGA, así como
aprobarla y evaluarla, respetando, en todo caso, los
aspectos docentes que competen al Claustro.
3. Las
competencias de los Departamentos:
o Formular
propuestas relativas a la elaboración de la PGA.
o Elaborar
la programación didáctica de las enseñanzas integradas
en el departamento.
4. Las
competencias de la Junta de Delegados:
o Formular
propuestas de criterios para la elaboración de los
horarios de actividades docentes y extraescolares.
5. Las
competencias de las APAs y Asociaciones de Alumnos.
o Elaborar
propuestas y elevarlas al Consejo.
o Formular
propuestas para la realización de actividades
complementarias.
1.3. Supuestos
y principios del Plan General Anual.
Estos son los
más importantes:
* El Plan
es una anticipación escrita de lo que se va a hacer,
fruto del análisis de discrepancias, entre el estado de
la escuela y su rendimiento, y lo que debiera ser y
alcanzar.
* El Plan debe ser realista, no utópico; parte de la
realidad escolar bien concebida y evaluada en anteriores
cursos.
* El Plan debe comprometer a todos los miembros de la
comunidad educativa; al ser posible, delimitando las
diferentes responsabilidades de cada uno de los
miembros.
* Debe prever los criterios e instrumentos de evaluación
de alumnos, profesores y los diferentes órganos de la
institución, de forma que puedan comprobar las metas
establecidas.
* Las actuaciones complejas que sobre la vida del centro
se prevean deben estar diseñadas siguiendo
procedimientos que permitan visualizar el orden de
dichas actuaciones; tales procedimientos son los que se
derivan de consideraciones sistemáticas o técnicas de
programación y control, para poder ejecutar, paso a
paso, acciones complejas siguiendo un método.
* El Plan no es algo rígido, no impide la adaptación a
las circunstancias menores, imprevisibles, cambiantes.
Debe estar abierto a la revisión, a la corrección
periódica.
* El Plan es una progresión de actuaciones, fines y
medios mínimos; por tanto, superado ese mínimo, no hay
límites para más ambiciones, realizaciones, para
desarrollos creativos e, incluso, para matizaciones
personales.
* El Plan debe estar articulado equilibradamente,
coherentes sus partes integrantes, pero con un orden de
prioridades y un desarrollo lógico.
* Es la respuesta adecuada a la improvisación, a la
rutina.
1.4. Finalidades de la Programación General Anual
La Programación
General Anual, como documento que revisa los acuerdos
tomados en otros niveles de decisión, tiene, entre otras
finalidades, las siguientes:
* Actualizar las decisiones tomadas en los diferentes
niveles de planificación educativa del centro. Para ello,
será preciso analizar el grado de adecuación entre lo que
estaba planificado y lo que se ha llevado a la práctica. En
función de este análisis se decidirán las modificaciones
necesarias y se establecerán las prioridades para el curso
escolar.
* Estructurar la organización y el funcionamiento del centro
durante el curso. Como ya hemos dicho anteriormente, no
todos los aspectos recogidos en los documentos
institucionales del centro, han de ser revisados anualmente,
no todos los aspectos recogidos en los documentos
institucionales del centro, han de ser revisados anualmente,
por ello, tan sólo serán revisados aquellos elementos que
supongan alguna modificación o que requieran necesariamente
decisiones de carácter anual, como por ejemplo el horario,
la planificación de actividades docentes, las actividades
complementarias, el presupuesto.
* Comprometer a todos los miembros de la comunidad escolar
para que aporten su participación activas en las tareas del
centro, muy especialmente los docentes y directivos.
La Programación
General Anual garantizará:
* El desarrollo
coordinado de todas las actividades educativas.
* El correcto
ejercicio de las competencias de los distintos órganos de
gobierno, tanto unipersonales como colegiados, y que lo
órganos de coordinación didáctica, tanto los antiguos como
los nuevos, puedan desarrollar sus funciones con plena
normalidad.
* La
participación de todos los sectores de la comunidad escolar:
profesores, alumnos, personal administrativo y servicios,
padres y alumnos.
La PGA contiene
las decisiones que afectan a la organización y
funcionamiento de los centros y su finalidad es garantizar
el desarrollo de las actividades educativas, el correcto
ejercicio de las competencias de los distintos órganos y la
participación de todos los sectores de la comunidad escolar.
1.5. Elementos de la Programación General Anual
Los elementos
que debe incluir son:
* Objetivos
Generales del Centro. * Las Actividades Complementarias que el centro vaya a
realizar. * El Horario General del Centro. * Programación de Actividades Docentes. * La Memoria Administrativa. * Las modificaciones o decisiones que se considere
oportuno introducir en el Proyecto Educativo y Proyecto
Curricular. * Plan de Actividades extraescolares.
1.6. Proceso de
elaboración, aprobación y aplicación de la Programación
General Anual
La elaboración
de la Programación General Anual corresponderá al Equipo
Directivo del centro, y habrá de ser aprobado por el Consejo
Escolar, teniendo como finalidad la planificación y
aplicación de las actividades anuales de una forma
coordinada. Para la elaboración de la Programación General
Anual será de gran utilidad la Memoria que se ha realizado
el curso anterior.
* El Claustro y el Consejo Escolar deliberarán y adoptarán
los oportunos criterios sobre la PGA, dentro del ámbito de
competencias de cada órgano. * El director del centro establecerá el calendario de
actuaciones para la elaboración por parte del equipo
directivo de la PGA, teniendo en cuenta los criterios
acordados por el Claustro y el Consejo. * El Claustro informará de la PGA antes de su presentación
al Consejo Escolar. * El Consejo Escolar es quien debe aprobar la PGA; para ello
tienen un plazo de veinte días a contar desde la fecha de
inicio de las actividades lectivas.
Fases, Responsables y Actuaciones para la
elaboración de la PGA
Fases
Responsables
Actuaciones
1ª
Equipo Directivo
Elaboración PGA
2ª
Consejo Escolar
Aprobación PGA
3ª
Claustro , APA, alumnos
Ejecución de la PGA
4ª
Consejo Escolar (Durante el curso)
Supervisión y Seguimiento
5ª
Equipo Directivo
Elaboración de la Memoria Anual
6ª
Consejo Escolar (fin de curso)
Evaluación de la PGA y Aprobación de la Memoria
Anual.
El
concepto de la financiación de la educación y de la
intervención directa de los centros en la misma está
muy condicionada por el sistema educativo y la
financiación pública de la educación. Este apartado
se va a centrar en la realización del presupuesto
que puede controlar el centro educativo, su
aprovechamiento, el proceso de realización y los
elementos teóricos a contemplar.
Para
Gaerín ( 1991 ) la elaboración del proyecto
económico de un centro está condicionado por una
serie de criterios básicos:
Principio de Coherencia: relación del
presupuesto con la Programación General Anual.
Principio de Derivación: relación del
presupuesto con la Programación General Anual.
Principio de Realismo: Adecuado a los recursos
del centro.
Principio de Universalidad: es preciso añadir
todas las entradas y salidas.
Principio de Integridad: todos los ingresos y
los gastos son añadidos en su integridad bruta.
Principio de Publicidad: para garantizar la
transparencia.
La
elaboración del presupuesto económico es, para el
centro, el equilibrio entre los objetivos y la
adecuación a unos ingresos determinados. En los
centros públicos, según sean de primaria o
secundaria, existen notables diferencias en el
tratamiento del presupuesto, ya que los gastos de
infraestructura son competencia de los ayuntamientos
en el primer caso. En los centros concertados se
producen entradas que no se dan en los centros
públicos. Esto implica una diferenciación del tipo
de partida de un centro a otro.
Así en
un centro debemos hacer una primera clasificación de
gastos:
Gastos fijos: son sobre la infraestructura y
mantenimiento del edificio y relativos al
personal del centro.
Gastos variables: son los gastos derivados del
funcionamiento del centro, y configuran la parte
del presupuesto donde se puede intervenir en las
partidas, con una asignación de recursos
criteriales.
Para
Gaerín ( 1991 ) los criterios que debemos considerar
en los gastos variables son los siguientes:
Criterios de prioridad.
Criterio de rentabilidad.
Criterio de aprovechamiento.
Criterio de material simple.
Criterio de mantenimiento.
Criterio de compensación.
Cuando
un profesional se hace cargo de la gestión económica
de un centro, o cuando un centro decide reiniciar
esta gestión de una manera más coherente y
profesional pensamos que pueden ayudar las
orientaciones propuestas en las fases siguientes:
Establecimiento de un balance que permite
conocer cuál es la situación económica real del
centro.
Confección de un presupuesto que dé respuesta a
todas las inquietudes y proyectos que desarrolla
el PEC, concretados en la PGA.
Utilización de un método contable claro y lo más
cercano posible a los planes de contabilidad
aplicables a administraciones públicas, aunque
con la adaptación pertinente a lo que es la
realidad de un centro de enseñanza.
Presentación de la liquidación del presupuesto
de acuerdo con el proceso contable seguido al
Consejo Escolar, para la aprobación de su
ejecución y la ulterior rendición de cuentas a
las autoridades competentes.
Confeccionar una memoria económica que permita
el estudio de las diferentes partidas que
componen el gasto del centro, así como el grado
de cumplimiento presupuestario, que posibilite
tenerlo en cuenta para la confección de los
próximos presupuestos en ejercicios posteriores.
1.2.
Finalidades del proyecto económico
Al
menos es necesario indicar los siguientes:
Designar las partidas a las que se deben
destinar recursos para cumplir la programación
general del centro.
Distribuir los recursos en las partidas de los
gastos a partir de los ingresos previstos.
Ajustar y observar los gastos en concordancia
con los presupuestos.
Prevenir desajustes económicos que incidan en el
buen desarrollo de la PGA.
Intervenir en los programas que inciden
directamente sobre la calidad educativa.
Equilibrar las cantidades con los recursos.
1.3.
Fases en la confección de un proyecto económico
Siguiendo la estructura de Ramo (1988) las fases en
la realización del presupuesto de los centros
educativos son los siguientes:
Determinar las necesidades y las prioridades a
partir de la PGA.
Concretar una propuesta de presupuesto que
realiza el Secretario o el Administrador del
Centro.
Realización de un anteproyecto de presupuesto
por parte del Consejo Escolar.
Aprobación del presupuesto definitivo por parte
del Consejo Escolar.
El
Secretario llevará la contabilidad y realizará
el seguimiento y el control de los gastos. El
Director del centro debe autorizar los gastos y
los pagos.
Al
finalizar el curso, se efectuará una aprobación
de las cuentas analizando el cumplimiento del
presupuesto.
En
los centros públicos existe un último paso que
es la justificación de cuentas a la
Administración Educativa.
1.4.
Elaboración de un proyecto económico de un centro
concertado
Al
analizar un modelo de gestión económica, ya sea por
un cambio en las orientaciones a seguir por la
entrada de un nuevo administrador al centro, es
conveniente realizar un balance de la situación que,
tal y como indica la propia nomenclatura, nos
indicará el estado actual de las finanzas del
centro.
Siguiendo la estructura de un balance, pero siempre
sin perder de vista que el administrador no es un
experto en contabilidad, podríamos empezar
definiendo el estado activo y pasivo.
El
activo refleja todos los bienes y derechos que en
este momento posee el centro:
Lo
que tenemos ( bienes )
Lo
que nos deben ( derechos )
El
pasivo refleja el neto, lo que en una empresa recibe
el nombre de capital y que en nuestro caso lo
denominamos de igual forma como se establece en los
balances de las administraciones públicas:
patrimonio.
Lo
que poseemos ( patrimonio )
Lo
que debemos ( obligaciones )
Por
tanto:
El
inventario general recoge todos los bienes que
en este momento posee el centro, ya sean
adquiridos directamente o por cesión de
Administración u otras entidades.
El
balance tiene ya una consideración económica de
situación de nuestro estado financiero, y recoge
los bienes que se han adquirido a través de
nuestros propios recursos y lo que ha tenido un
reflejo en nuestros documentos contables.
El
presupuesto de un centro docente ha de tener como
premisa fundamental la de su coherencia con el
Proyecto Educativo y que verdaderamente sirva para
acometer los gastos que se originan del PGA. Así,
podríamos definir lo que entendemos por Proyecto
Económico: " Aquel documento de gestión a corto
plazo coherente con el Proyecto Educativo, el
Reglamento de Régimen Interior y el Plan General
Anual adaptado al entorno y a las posibilidades y
limitaciones de la institución escolar, que previene
y formaliza la relación entre las necesidades y los
recursos económicos disponibles para situaciones,
concretada en documentos contables".
1.5.
Órganos que intervienen en la confección del
proyecto económico
La Memoria,
además de ser la presentación de unos resultados finales
como contenidos de un análisis y base de proyectos futuros,
es un proceso dinámico, en el sentido que comienza con la
planificación del trabajo docente que se desarrolla y
rectifica en caso de necesidad, paralelamente al programa de
centro y que acaba en el análisis. También es un proceso
evaluador en el sentido que contrasta los objetivos que se
había previsto al comienzo del curso con los que se han
realizado, así como las causas que ha favorecido o
interferido en el proceso con el fin de perpetuarlos o
anularlos.
Por tanto,
deberemos crear una situación de equilibrio entre el aspecto
dinámico y estático de la Memoria. El dinámico es necesario
porque es más fácil rectificar o modificar dentro del
proceso de secuenciación de los resultados. El estático lo
es, en tanto que sirve para un mejor conocimiento del centro
desde el punto de vista del observador exterior, para hacer
posible la reflexión sobre el trabajo realizado y por
realizar, así como para conocer los logros y problemas.
1.2. La Memoria
Anual
Constituye la
evaluación de la Programación General Anual de Centro para ver en qué medida
se han conseguido los objetivos previstos y sirve de marco
para la planificación del curso siguiente. " Bajo esta
dimensión retrospectiva tiene un sentido de evaluación sumativa ", en la medida que explicita los resultados
alcanzados en el momento final del proceso planificador, es
decir, a final de curso. En el caso de que los objetivos se
hayan alcanzado, la Memoria Anual desempeñará un papel
positivo, al servir de estímulo a la comunidad escolar;
cuando, por el contrario, no se alcancen, o se hagan de modo
insatisfactorio, deberán analizarse las causas que no lo han
hecho posible a fin de tenerlas en cuenta para el próximo
curso.
Constituye una
Evaluación Interna, que sólo tiene validez para el propio
centro y que debe manifestar una actitud crítica y un deseo
de superación de los problemas que tiene el centro.
La evaluación
se puede realizar por indicadores fijados previamente en el
momento que se deciden los objetivos, lo que siempre
resultará mejor ya que de este modo todo el mundo sabe qué
aspectos van a ser evaluados o, por el contrario, puede
plantearse el cuestionario cuando se realiza la evaluación.
En cualquier caso, debe estar en consonancia con los
objetivos que se señalan en el Plan de Centro.
Al estar
vinculada al la Programación General Anual, debe ser considerada como un
instrumento más de gestión del centro y, por tanto, útil al
mismo, que requiere un tiempo de reflexión y realización
colectiva del que no siempre disponen los profesores, que
hace que en ocasiones su realización quede reducida al
director y al jefe/a de estudios y, en todo caso, a la suma
de análisis de los distintos profesores.
Su utilidad se
verá aumentada si los resultados se analizan de forma
inmediatamente posterior a su realización y no al comienzo
del nuevo curso, como está previsto, momento en el que,
además, se incorporan nuevos profesores que nada tienen que
ver en la evaluación.
Por este motivo
la Memoria debe realizarse al concluir el curso, una vez que
se han entregado las notas a los padres de los alumnos, a
fin de disponer del tiempo y tranquilidad necesaria. En la
última semana del mes de junio se llevará este proceso
evaluador, al que deberá de asistir todo el claustro del
centro, con una duración de 4 ó 5 horas diarias durante el
tiempo señalado:
Dos
días, al menos para analizar los resultados escolares
por parte de los equipos docentes y la puesta en común
en el claustro, que no deben limitarse a un simple
comentario, sino contrastar también resultados, sacando
medias, analizando procesos de enseñanza/aprendizaje,
etc.
Un día, al
menos, para evaluar los seminarios y el propio
departamento de orientación, si existe.
Dos días,
al menos, para analizar los restantes objetivos
señalados en la Programación General Anual del Centro.
La normativa
sobre la Memoria Anual, es a veces, contradictorias, no
aclara muchas dudas y se limita a establecer los siguientes
pasos y procedimientos:
Corresponde su elaboración al director o equipo
directivo.
Los
jefes de Seminario deberán redactar la parte
correspondiente a los resultados escolares y la
evaluación de las programaciones curriculares que
engrosará la Memoria Anual.
El
consejo escolar de centro debe informar sobre la Memoria
Anual y la situación general del centro.
El
director deberá remitirla antes del 10 de julio a los
Servicios Provinciales de Inspección.
Deberá
evaluar el grado de cumplimiento de la Programación
General Anual, recogiendo las conclusiones más
relevantes.
Consideramos
que, efectivamente, la Memoria Anual debe ser un documento
breve y de utilidad, ajustándose a los siguientes puntos,
entre otros:
El
análisis sobre los resultados escolares no sólo por
seminarios, sino también globales.
El
análisis del trabajo realizado por las tutorías y del
departamento de orientación.
La
evaluación de los objetivos señalados en la Programación
General Anual
de Centro.
El
análisis de actividades extraescolares, complementarias
y servicios.
El
análisis del modelo organizativo y de los órganos de
gestión.
El
análisis de la convivencia y participación en el centro.
Otros muchos
aspectos podrían ser añadidos a la Memoria Anual, tales como
análisis del ambiente de trabajo, absentismo laboral,
innovaciones educativas, proyectos específicos, juntas de
evaluación, utilización de recursos, equipos directivos,
profesores, etc.
Quizá la
orientación que debe darse a esta evaluación, cuando se
dispone de un Plan de Centro, es más importante que la
cantidad de temas que se evalúan. La Memoria, en este caso,
al igual que la Programación General Anual de Centro, debe estar orientada
analizar en qué medida se está consiguiendo el Plan de
Centro en sus tres vertientes: educativa, curricular y
organizativa.
Situaciones en
que se aconseja
Tenemos que
partir de la base de que cualquier acción humana en cuanto
social debe ser objeto de control de la propia sociedad. Es
un derecho de ésta a conocer y exigir rendimientos de los
organismos que prestan servicio público. De ésta forma se
podrá valorar y juzgar si los profesionales y la institución
ha cumplido sus obligaciones, en qué grado y con qué
disposición.
La Memoria está
justificada desde el punto de vista técnico-pedagógico en
cuanto que relacionada con el sistema de evaluación del
centro y sus programas. La Memoria, de hecho, recogerá,
secuenciará y formalizará las incidencias, resultados y
consecuencias que se deriven de la evaluación del Programa
de Actividades del curso.
Debemos tener
en cuenta que la Memoria puede entenderse como una
influencia más, que llega a los centros docentes desde el
mundo organizacional o empresarial.
Aunque con
pequeñas diferencias dependiendo de la comunidad o región
escolar, es responsabilidad del Equipo de Dirección de los
centros docentes promocionar, elaborar y procedimentar una
memoria anual de actividades que, fiel reflejo de cuanto
haya acontecido durante el curso escolar, sea presentada al
Consejo Escolar por su informe o aprobación y a la
Administración Educativa competente.
También la
Memoria está justificada desde el punto de vista
participativo, el cual se da cada día con mayor intensidad a
través de los Consejos Escolares.
1.4. La
evaluación a través de la Memoria Anual: indicadores en el
funcionamiento de los centros.
Podríamos decir
que evaluar un centro docente es objetivizar si funciona o
no funciona. Sin embargo, esta respuesta no nos resuelve
ningún problema, ya que cabría preguntarse en función de
qué.
Existen
diversas razones por las que debemos someter al centro
docente a una evaluación. Una sería de índole pedagógica.
Los centros docentes se proponen educar, y ello comporta
búsqueda constante de perfeccionamiento e intencionalidad.
Otra razón
tendría carácter psicopedagógico. Es importante que el
educador someta a evaluación continua los procesos de
aprendizaje en los que ambienta a sus alumnos. De esta forma
sabrá la integración de conocimientos, la asimilación de
hábitos, costumbres y obrar en consecuencia. Asimismo, podrá
reforzar o recuperar y orientar conductas.
También hay
razones de índole social. Por una parte la participación.
Corresponde a los miembros de la comunidad escolar el que,
mediante los órganos de gobierno y participación de los
centros, padres, profesores y alumnos intervengan en la
optimización del gasto público invertido en el centro, en la
transparencia de su administración y en la prevención por la
búsqueda de la calidad derivada. Por otra parte, la
homologación, en el sentido de que todo centro educativo
alcance una prestación que sea homologable a la de cualquier
otro centro.
En las
resoluciones y circulares ministeriales se nos muestran
algunos de estos indicadores entre los que están los
siguientes:
El
rendimiento académico obtenido por los alumnos. Este
indicador hace referencia al número de alumnos que han
alcanzado objetivos previstos, al estudio del concepto
de evaluación, de los instrumentos de evaluación
aplicados y de las actividades de recuperación
organizadas.
El
agrupamiento de los alumnos. No podemos olvidar que en
ocasiones es determinante de los logros y fracasos.
La
organización pedagógica de los profesores tanto referida
al grupo de alumnos como al trabajo y coordinación entre
profesores, es decir, habrá que ver la existencia o no y
el funcionamiento, de Seminarios, Departamentos, Equipos
Docentes, Areas , Divisiones y Secciones.
El
grado de cumplimiento de los medios y recursos
didácticos.
El
grado de cumplimiento de los horarios y de la asistencia
regular de los profesores, así como la inexistencia
regular.
La
asistencia de los alumnos a clase y el grado de
ejercicio de sus derechos y obligaciones.
Las
actividades extraescolares realizadas.
El
funcionamiento de los órganos de gobierno, tanto
unipersonales ( Director, Secretario, Jefe de Estudios)
como colegiados ( Consejo Escolar, Claustro de
Profesores, Comisión Económica ).
Las
mejoras físicas realizadas en el edificio escolar.
Los
premios y distinciones a alumnos o a profesores.
La
relación con APA u otras asociaciones de tipo cultural o
social y con las instituciones.
1.5. Elementos
a tener en cuenta en la elaboración de la Memoria Anual.
Una vez vistos
los indicadores del funcionamiento del centro vamos a
analizar los posibles apartados que una memoria Anual debe
recoger.
Los apartados
necesarios son los siguientes:
Datos
de identificación
Deben aparecer
en la primera página de la memoria y son las siguientes.
Nombre del
centro, dirección, teléfono, código. En caso de que el
centro tenga más de dos edificios: indicación de la
dirección, teléfono y código.
Número de
alumnos, unidades escolares y profesores.
Organos de
gobierno unipersonales: nombre y período de
nombramiento.
Organos de
gobierno colegiados: representantes elegidos para el
Consejo escolar y la Comisión Económica.
Dirección,
teléfono y nombre del presidente del APA si lo hay.
2. Análisis del
rendimiento académico
Habrá que
distinguir entre los rendimientos de ciclo, curso y/o
asignatura y el global del centro.
En el primero
habrá que tener en cuenta a los alumnos que no han tenido
calificación positiva: los objetivos que no se han logrado y
que se había previsto en el plan inicial del curso, las
posibles causas y las correcciones futuras en el tratamiento
de estos alumnos, para intentar que superen los objetivos.
En el análisis
del rendimiento global del centro hay que detenerse en el
porcentaje de alumnos que superan o no los ciclos y los
cursos. Sería conveniente una comparación de estos
porcentaje con los de años anteriores, y los objetivos o
asignaturas donde existe mayor dificultad. Los datos que se
incluyen en la Memoria, una vez realizado este análisis son
los siguientes:
Número
de alumnos y porcentaje que han superado los ciclos y /
o cursos, con indicadores de las calificaciones.
Número
de alumnos que no han superado los ciclos y / o cursos,
con expresión de las materias u objetivos no superados.
Número
de alumnos repetidores que han obtenido calificación
positiva y número de repetidores que no han obtenido
calificación positiva.
3. Análisis de
otros objetivos especificados en el Plan de Centro
Hace referencia
a aquellos que no están relacionados directamente con el
rendimiento.
4. Análisis de
la organización pedagógica
Habrá que tener
en cuenta aspectos como.
El
agrupamiento y asistencia regular de los alumnos.
Criterios de admisión de los alumnos.
Criterios de adscripción de los profesores a su grupo de
alumnos o al área / asignatura correspondiente.
Las
faltas de asistencia de los profesores a lo largo del
curso, analizando las causas, efectos sobre el
rendimiento de los alumnos, las medidas adoptadas.
El
funcionamiento de las tutorías: tiempos dedicados a
padres, alumnos, coordinación con el resto de tutores...
El
funcionamiento de los Seminarios y Departamentos, de los
Equipos Docentes y de las distintas coordinaciones.
El
horario de actividades lectivas con los alumnos y de
permanencia de los profesores en los centros, analizando
grado de cumplimiento del horario propuesto a comienzo
de curso.
5.
Aprovechamiento de los espacios, medios y recursos
didácticos.
6.
Funcionamiento de los órganos de gobierno.
Habrá que
examinar para cada órgano colegiado y personal, qué
competencias se han ejercido, qué tiempo real se ha empleado
y las principales actividades derivadas del ejercicio de las
diferentes competencias.
7. Actividades
extraescolares
Se determinará
el tipo, fecha, profesores y alumnos implicados, así como
posibles colaboradores.
8. otros datos
específicos de cada centro docente
Todos los datos
que sean indicadores del funcionamiento de los centros y no
se hayan enumerado en los apartados anteriores también
deberán analizarse y especificarse. Entre estos estarían las
mejoras físicas realizadas en el centro, la selección del
centro para la realización de experiencias concretas, los
premios y distinciones a alumnos y profesores, las
actividades en las que haya participado el centro, las
colaboraciones especiales, etc.
9. Propuestas
de mejora del centro
Una vez
realizado el análisis de cada apartado es fácil detectar qué
es necesario cambiar, modificar, quitar, etc. La Memoria por
tanto deberá acabar explicando los propósitos y las
necesidades que hay que cubrir.
1.6. Proceso a
seguir en la elaboración de la Memoria Anual
Debemos tener
en cuenta que las siguientes indicaciones son pautas y no
normas, para formalizar la Memoria.
Esto tiene
sentido si consideramos que todos los centros son diferentes
entre sí al iniciarse el curso escolar e igualmente
diferentes, o más, al finalizar el mismo.
Todo centro que
tenga que realizar una Memoria al finalizar el curso,
previamente a la formalización de ésta, se habrá ocupado de:
Planificar la elaboración. Hecho que habrá realizado a
principio de curso.
Recopilar a lo largo del curso escolar todos los
aspectos significativos del proceso de aplicación del
programa anual.
En general se
puede decir que una buena Memoria deberá obedecer a la
concurrencia de las siguientes características:
Planificación.
Recopilación de datos significativos.
Formalización de forma:
Breve
Concreta
Aunque
oficialmente existen unos días al final del curso para la
realización de la Memoria, la elaboración de ésta será
prácticamente imposible si no se han dado los pasos
necesarios de recogida de datos sobre el funcionamiento del
centro a lo largo del curso.
Ya hemos dicho
que cada centro es diferente y con unas peculiaridades
diferentes, y por tanto deberá estudiar el modo de recoger
los datos de cada apartado. De esta forma, en junio será
sencilla una recopilación de los mismos y una reflexión
conjunta y profunda sobre su significado.
Será importante
determinar qué datos han de ser recogidos y de qué manera
para que sea sencillo su manejo y tratamiento, además de
nombrar el responsable o responsables de ello.
Es conveniente,
asimismo, que todos los miembros de la comunidad educativa
vean su evolución.
Las actas
son responsabilidad del secretario/a, que firma con el Vº Bº
del director/a. Se leen y aprueban en la reunión siguiente,
procediéndose a su firma. Se levanta acta de todas las
Asambleas. Se levanta acta, con los acuerdos, de las
reuniones del Consejo Escolar, Claustro de Profesores, la
Comisión de Coordinación Pedagógica, y de las Reuniones de
los Ciclos.
¿Qué hay
que indicar?
1. Fecha y hora, lugar de celebración, número de asistentes
(Consejo Escolar, Claustro de Profesores, la Comisión de
Coordinación Pedagógica, y de las Reuniones de los Ciclos) y
nombre de los asistentes, orden del día, temas
tratados, acuerdos tomados en cada punto y hora de
finalización.
2. Se debe
resumir lo tratado, sin poner -exactamente- lo que
manifiesta cada uno, salvo alguien quiera que conste,
expresamente, su intervención, para ello lo tiene que
solicitar.
Las
correcciones o modificaciones del acta se incorporarán al
acta aprobada.
Al comenzar
un nuevo libro de actas, se realiza la siguiente diligencia
por parte del secretario/a:
Diligencia:
este libro de actas contiene ........ paginas útiles para la
realización de actas del Consejo Escolar, Claustro de
Profesores, la Comisión de Coordinación Pedagógica, y de las
Reuniones de los Ciclos
...................................................., y para
que así conste lo firma el secretario/a a fecha
.............
El Programa
Escuela es una aplicación del Ministerio de Educación y
Ciencia destinada a la gestión administrativa y académica de
los Centros de Educación Infantil, Educación Primaria y
Primer Ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.).
La aplicación
gestiona los datos referidos al Centro, Profesorado,
Alumnado, Otro personal, Administración: Secretaría
(documentos, impresos, convocatorias, centros docentes,
inventario de material, registro de correspondencia),
Estadísticas de la enseñanza, Censos, Proceso de Admisión
de nuevos alumnos...
El IES2000
es un programa del Ministerio de Educación y Ciencia, para
la gestión administrativa y académica de los centros
educativos de Educación Secundaria.
Lo pueden
usar los centros del MEC y los de las Comunidades Autónomas
que disponen de versión adaptada por haberlo solicitado del
MEC.
En los centros
de Educación secundaria deberá existir un libro de registro
de matrícula, debidamente diligenciada su apertura y, en su
caso, cierre. Este libro deberá incluir, al menos, para cada
uno de los alumnos matriculados en el centro, el nombre,
apellidos, número de registro de matrícula, fecha de alta y,
en caso de producirse, fecha de baja. Los centros que
utilicen la aplicación IES 2000 u otras aplicaciones
informáticas que permitan generar el libro de matrícula
mediante hojas impresas deberán incluir, al menos, los datos
establecidos en el punto anterior y establecer las debidas
garantías de autenticidad mediante la numeración de cada una
de las hojas, además de proceder a su apertura y cierre
indicando expresamente el número de hojas que constituyen el
documento. Los centros que opten por esta posibilidad
deberán proceder al cierre de los antiguos libros.
Una de las
tareas encomendadas a la secretaría de los centros
educativos es la gestión y puesta al día de su “libro de
inventario”. Éste no es otra cosa que el registro
normalizado de todo el material inventariable que pudiera
recibir el centro por cualquier cauce, ordinario o
extraordinario. Este registro, hasta la actualidad, consiste
en un registro en papel físico normalizado por la
Administración. Administrativamente, el libro de inventario
es un anexo a la gestión económica, la cual tiene su propia
gestión informatizada, pero el libro de inventario aún
continúa siendo en papel en la mayoría de los casos.
Algunas
Autonomías están incorporando programas informáticos para
modernizar la gestión del Inventario en orden de completar
la informatización de la gestión económica.
Sirvan como
muestra el programa Pincel Inventario (2008) del Gobierno de
Canarias y en la Comunidad de la Región de Murcia el
programa Plumier XXI.
El DOC o
Documento de Organización del Centro viene a ser un resumen
estadístico de los aspectos más significativos de la
Organización Interna del Centro Educativo correspondiente un
año escolar concreto. Su cumplimentación corresponde al
Equipo Directivo. Es prescriptivo su envío a la Inspección
Técnica para ser supervisado y aprobado.